Se procede, por el Sr. Secretario, a dar lectura de la propuesta de Alcaldía, de fecha 19 de junio, con el siguiente contenido: “Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de junio de 2007, se estima procedente la creación, determinación de la composición y régimen de funcionamiento de las Comisiones Informativas de carácter permanente de este Ayuntamiento, al ser preceptivas, en atención a lo dispuesto en el artículo 20.1 c) de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Su función consiste en el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes.
Asimismo, emitirán dictamen sobre aquellos asuntos de la competencia de la Junta de Gobierno Local y del Alcalde que les sean sometidos a su conocimiento por expresa decisión de aquellos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.2, en relación con el artículo 125, ambos del ROF, corresponde al Pleno de la Corporación, a propuesta del Alcalde Presidente, la determinación de su número y denominación iniciales, procurando la proporcionalidad existente entre los distintos grupos políticos representados en la Corporación.
Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38, en relación con los artículos 123 a 127 y 134 a 138 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por esta Alcaldía se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO
PRIMERO: Constituir las Comisiones Informativas de carácter permanente que se relacionan, con la siguiente denominación:
.- Comisión Informativa Especial de Cuentas y Permanente de Economía y Hacienda.
.- Comisión Informativa de Servicios, Obras, Personal y Régimen Interior.
.- Comisión Informativa de Educación, Cultura, Deportes, Festejos y Juventud.
.- Comisión Informativa de Sanidad, Consumo y Acción Social.
.- Comisión Informativa de Industria, Turismo, Agricultura, Agua y Medio Ambiente.
SEGUNDO: Las Comisiones Informativas Permanentes asumirán las funciones de estudio y dictamen previo de cuantos asuntos se sometan a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes, así como en aquellos asuntos que no sean de competencia del Pleno por expresa decisión del Alcalde o de la Junta de Gobierno Local.
Asimismo, les corresponde el seguimiento de la gestión del Alcalde, la Junta de Gobierno Local y de los Concejales que ostenten delegaciones, sin perjuicio de la competencia de control que corresponden al Pleno.
TERCERO: Las Comisiones Informativas estarán integradas por los siguientes miembros:
- 3 representantes del Grupo Municipal del Partido Popular
- 2 representantes del Grupo Municipal del Partido Socialista
La adscripción concreta a cada Comisión de los miembros de la Corporación que deban formar parte de la misma en representación de cada Grupo, se realizará mediante escrito de su Portavoz dirigido al Alcalde, del que se dará cuenta al Pleno, pudiendo designarse un suplente por cada titular.
QUINTO: Todas las Comisiones Informativas estarán presididas por al Alcalde, quien podrá delegarla en cualquier miembro de la Corporación, a propuesta de la propia Comisión, tras la correspondiente elección efectuada en su seno.
SEXTO: Las Comisiones Informativas permanentes ajustarán su funcionamiento a lo dispuesto en los artículos 123 a 126 y 134 a 138 del ROF, y celebrarán sesión ordinaria bimensual, en la fecha establecida por el Alcalde, y con antelación suficiente para emitir dictamen en los asuntos que hayan de ser tratados en el Pleno.”
Consideran que las Comisiones permanentes propuestas, engloban la práctica totalidad de las materias que se pueden traer a debate y discusión en Pleno.
Su composición vendrá determinada por 3 miembros del Grupo Municipal Popular y 2 miembros del Grupo Municipal Socialista, respectivamente, en mandatos anteriores la composición era de 2 y 1 miembro, si bien, se entendió que era conveniente para una mayor representatividad el elevar su número.
Las Presidencias y los integrantes de las mismas, deberán ser comunicadas por los Grupos Políticos.
La Sra. Saurín Riquelme, pregunta en qué materia se engloban los asuntos relativos a Pedanías, Urbanismo y Mujer, contestando el Sr. Blasco Martínez, que Urbanismo está incluido en la Comisión de Servicios, Obras y Otras, Mujer en la de Acción Social, cualquier materia entrará dentro de una de las propuestas, no en Pedanías exactamente.
El Sr. Alcalde, expresa su convencimiento de que con las propuestas se engloban todas las materias. Aclara la función de dictamen de los asuntos que se van a traer para su debate en Pleno y el carácter no vinculante de los mismos.
El Sr. Lozano Gómez de Albacete, pregunta si la Comisión de Obras engloba Urbanismo, obteniendo respuesta afirmativa a tal cuestión.
El Sr. Valero Riquelme, opina que debe existir una Comisión para Pedanías, que tenga su denominación, ya que para el Grupo Popular las mismas no existen.
Vuelve a intervenir, el Sr. Blasco Martínez, indicando que tratan por igual a todos los vecinos, no los hay de primera y segunda categoría.
El tratamiento e intento de resolución de problemas es igual para todos los vecinos, se piensa en el conjunto del Municipio, no existe discriminación en este sentido, ni distinto trato si se habla de Pedanías o del casco urbano.
El Sr. Alcalde, aclara de nuevo, que las materias a asuntos a tratar van a ser comunes para todos los ciudadanos, vivan aquí o allí. A título ilustrativo, alude al Plan de Obras y Servicios de este año, que viene determinado por obras de alumbrado exclusivamente para Pedanías y que se trató en la Comisión Informativa de Obras.
El Sr. Cutillas Rocamora, le indica que se explica muy bien, pero insiste en la idea anteriormente expresada, aunque aparezca de forma simbólica y sin efectos prácticos, toda vez que los vecinos de Pedanías lo entienden de otra forma, por el hecho de no estar cerca de la Administración.
El Sr. Blasco Martínez, cree que hay un error de concepto, el que se denomine Pedanías, no va a implicar que se traten unos u otros asuntos, habrá que crear entonces una Comisión para el casco urbano, no entiende que se plantee esta distinción.
Le replica el Sr. Cutillas Rocamora, que antes existía y ahora no, existen municipios que cuentan con la misma.
Obtiene respuesta por parte del Sr. Blasco Martínez, manifestando que existen municipios en que pueden tener sentido, citando el ejemplo de Murcia, al contar con Juntas Locales.
Finalizado el debate el asunto, se procede a su votación, resultando APROBADO por unanimidad de los Ediles asistentes (13 votos).

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